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Marcado CE

El Marcado CE representa el nivel mínimo de seguridad que debe alcanzar un fabricante de ventanas para poder comercializar sus productos en Europa.

Con este marcado, el fabricante garantiza que sus productos cumplen los requisitos esenciales de seguridad de la Directiva 89/106/CEE sobre Productos de Construcción.

Hay que tener muy claro que el Marcado CE no es una marca de calidad ni implica, por tanto, que el producto ofrece unas garantías o prestaciones de calidad extras. El Marcado CE indica únicamente que el fabricante cumple unos requisitos mínimos relacionados con la seguridad y es un requisito imprescindible legalmente para que se pueda comercializar un producto.

Si una empresa dispone de marca de calidad, no está eximida de su cumplimiento, ni la marca de calidad cubre la obligación de cumplir los preceptos que indica el Marcado CE. También conviene saber que el Marcado CE no es una certificación que nos emita la administración ni los organismos notificados. Es un procedimiento que sirve para certificar y garantizar que usted mismo, bajo su responsabilidad, ha realizado las tareas que implican el sistema de evaluación asignado al producto.

A partir del día 1 de febrero de 2010 no está permitido fabricar ni comercializar ventanas o puertas sin incorporar el Marcado CE obligatorio. La Norma UNE EN 14351-1:2006 es la norma armonizada, también llamada Norma de Producto para ventanas y puertas peatonales exteriores y, en consecuencia, es la que marca las condiciones el cumplimiento del Marcado CE obligatorio para estos productos

Es una norma de carácter OBLIGATORIO, por lo que todos los fabricantes y talleres deberán comercializar todas las ventanas y puertas con el correspondiente Marcado CE.

Muy importante: Es una norma que regula la fabricación y no afecta a la instalación.

Para poder implementar el Marcado CE de forma correcta hay que tener en cuenta estos elementos:

1. Control de producción en fábrica0%
2. Ensayos iniciales de tipo (EIT)0%
3. Declaración de conformidad0%
4. Marcado y etiquetado0%
Control de producción en fábrica

El control de producción en fábrica consiste en una serie de procedimientos documentados, inspecciones, ensayos regulares y valoraciones para controlar el equipo, las materias primas y otros materiales o componentes que se utilizan durante el proceso de producción del producto.
Todos estos procedimientos se debe incluir en el denominado Manual de control de producción en fábrica (MCPF). Este manual define el sistema que establece la empresa para la planificación y el control de sus procesos de fabricación, almacenamiento, transporte e instalación de ventanas de aluminio. No es un listado de cosas que se deban hacer de una forma determinada, es un manual que marca los puntos que la empresa decide fijar como necesarios para estos procesos.
Incluye tanto las directivas de fabricación como el conjunto de elementos de control del mantenimiento de los equipos, verificación de los elementos de medida o procedimientos a seguir cuando surjan productos no conformes a los criterios marcados.
Una vez definidos y aprobados estos puntos, será responsabilidad del gerente o del propietario de la empresa poner todos los medios a su alcance para su cumplimiento. El primer paso a realizar es el nombramiento del RCPF o Responsable del control de la producción en fábrica.
Es responsabilidad del RCPF el control de las actividades y de que el resto de personal de la empresa realice de forma correcta la aplicación de las directrices descritas en el manual.
Relacionados con el manual del control de producción, el taller debe disponer de otros dos documentos que marcan instrucciones y puntos de control a seguir de forma específica durante la fabricación o durante la instalación en obra de las ventanas. Se trata de las instrucciones técnicas de fabricación y de instalación.

EIT – Ensayos iniciales de tipo

Un ensayo inicial de tipo es una certificación que emite un laboratorio homologado cuando realiza una serie de pruebas sobre diferentes parámetros (que marca la normativa del marcado CE) a una muestra de una ventana o puerta de una serie determinada. Esta ventana o puerta analizada será la pauta (en cuanto a accesorios y perfiles) que el taller seguirá en la fabricación de las siguientes unidades.
Esto quiere decir que las ventanas que fabriquemos habitualmente seguirán las mismas características que la muestra que ha sido certificada por el laboratorio. El tamaño del modelo ensayado será siempre el más desfavorable de toda la gama en cuanto a los parámetros a analizar. De esta forma, los resultados obtenidos se podrán utilizar en cualquier rango de medidas.
El fabricante estará obligado a mantener el conjunto de certificaciones de ensayos de tipo mientras los productos estén activos y hasta cinco años después de dejar de fabricarlos.
En el ensayo se deberán analizar estas características obligatorias:
• Resistencia a la carga de viento
• Estanqueidad al agua
• Capacidad de los dispositivos de seguridad
• Atenuación acústica
• Aislamiento térmico
• Permeabilidad al aire
• Contenido de substancias peligrosas

Declaración de conformidad

El fabricante debe emitir una Declaración de Conformidad de los productos que entrega al cliente. Se trata de una relación de los productos que entrega al cliente, con la referencia de las normas y disposiciones que cumplen estos productos.

Esta declaración es la que le faculta al fabricante a colocar las etiquetas de Marcado CE sobre estos productos.

Control de Producción

El control de producción incorpora los registros de recepción de materiales (albaranes y facturas de compra de los materiales), el registro de las unidades producidas, los controles de verificación de estas unidades producidas y el registro de productos no conformes, con el fin de poder demostrar que todas las unidades realizadas son iguales a la unidad con la que se analizó en el ensayo.

Se trata de mantener un control de los documentos de compra de materiales, de las unidades que fabricamos y a los clientes que se entrega (facturación, albaranes, etc.) y un registro de los productos que no han superado las verificaciones, si los hubiera.

Marcado y Etiquetado

Todas las ventanas o puertas comercializadas por el taller deberán incorporar (adherido al producto final o impreso junto a la documentación comercial de entrega) un marcado de conformidad CE que indica el cumplimiento cada unidad comercializada con las características básicas del ensayo.

El marcado de conformidad CE, consiste en una etiqueta que incluya el símbolo de marcado CE, con las características que indica la Directiva 93/68/CEE. La etiqueta debe colocarse sobre el producto de forma visible, legible e indeleble, mediante una etiqueta adherida, fijada al embalaje (si lo hubiera) o en los documentos que lo acompañan.

Es el único marcado que indica que el producto cumple las directivas de aplicación y debe colocarse siempre al final de la fase de control de producción. Es responsabilidad del fabricante que el marcado y etiquetado CE llegue al usuario final que recibe el producto.

Junto al símbolo de marcado CE, se deben incluir estos datos:

  • Nombre y dirección registrada del fabricante
  • Últimos dos dígitos del año en que se fijó el Marcado CE
  • Número de la Norma Europea Armonizada
  • Descripción del producto
  • Información sobre las características obligatorias verificadas por el laboratorio homologado
Marcado-CE sialca

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